La Salle

Beneficios

Contacto

Lic. Rubén Hernández Rodríguez

Email: ruben.rodriguez@csblasalle„edu.mx

Procedimiento para la validación

  • Contactaral área de admisión correspondiente de acuerdo al nivel académico de su interés, a través
    de la página web, www.csblasalle.edu.mx
  • Deberá presentar identificación con su credencial que le otorga el sindicato a sus afiliados y sus dos últimos talones de pago. Estos documentos deben entregarse antes del inicio del ciclo escolar correspondiente. Una vez iniciado el ciclo, la aplicación del beneficio quedará a consideración del Comité de becas.
  • El examen de admisión será gratuito.
  • El colegio se reserva el derecho de admisión.
  • Cumplir con los requisitos preestablecidos por cada sección para la aceptación del aspirante:
    deberá presentar una constancia de estudios, vigente con las calificaciones actuales con promedio académico 8.5 y excelente disciplina.

Condiciones para mantenerel beneficio:

  • El estudiante deberá mantenerse como alumno (a) regular, con unpromedio mínimo de 8.5 de
    al nivel y/o programa académico.
  • El estudiante deberá mantener un promedio mínimo de 8.5 en disciplina de acuerdo al nivel.
  • Mantenerse alcomente de sus pagos de colegiatura.
  • El beneficio sólo se aplica el primer ciclo escolar, (nuevo ingreso) conforme al convenio; en las
    reinscripciones subsecuentes se deberá realizar a través del proceso de renovación beca, de acuerdo a las políticas establecidas dependiendo del nivel educativo a cursar.
  • El beneficio sólo se aplica a un miembro por familia.
  • Si el convenio se aplica en alguna sección, no podrá renovarse como convenio, el presente acuerdo de buena voluntad, en ciclos escolares posteriores.
  • Este beneficio no es acumulable con otras promociones.
  • La vigencia de este convenio entrará en vigor a partir de la fecha de la fecha de su firma y tendrá una vigencia de un año y podrá ser renovada anualmente de forma automática en caso de no existir objeción por alguna de las partes, y podrá ser revocado mediante comunicado por escrito de alguna de las partes con 30 días de anticipación.
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